Parque Nacional Ordesa y Monte Perdido
 

Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido 8/8/2008

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Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido »» Normativa

Acampadas: Salvo en las Zonas de Reserva, se permite acampar de noche, sin o con tienda de campaña de altura exterior inferior o igual a 1.30 m. (que deberá ser desmontada y retirada al amanecer), por encima de las 2100 m. (Clavijas de Soaso) en el Sector Ordesa, de los 1800 m. (Fuenblanca) en el Sector Añisclo, de los 1800 m. (La Ralla) en el Sector de Escuaín y de los 2500 m. (Balcón de Pineta) en el Sector Pineta.

Usos deportivos: Las prácticas deportivas estarán siempre supeditadas a los intereses de conservación. Las modalidades deportivas permitidas serán el excursionismo, la escalada, el esquí de travesía sobre nieve y la espeleología. En determinadas épocas y circunstancias podrá establecerse la necesidad de autorización por parte de la Administración del Parque. No se permitirán prácticas deportivas de competición.
 
Queda prohibido:
- La roturación del suelo y la roca madre.
- El arranque, cogida o recolección de tierras, áridos, piedras, rocas, minerales, fósiles o cualquier otro material geológico.
- Los trabajos de investigación, exploración o explotación con fines mineros.
- La desviación, retención, captación de aguas superficiales o subterráneas.
- La incorporación a las aguas de detergentes, jabones, lejías u otro tipo de sustancias o materiales.
- El baño o cualquier otra actividad en los cursos o masas de agua.
- La corta, arranque, mutilación, destrucción o daño de
Circo Soasovegetales y la cogida o recolección de ellos, sus partes, propángulos o restos.
- La atracción, persecución, molestia, daño, captura o muerte de animales y la cogida o recolección de sus propángulos, restos o residuos de su actividad.
- La suelta, siembra, trasplante u otro tipo de propagación de especies animales o vegetales, sean domésticos o silvestres.
- La utilización de fuego con cualquier fin, a excepción del uso de aparatos de camping-gas para cocinar y producir luz relacionados con la acampada nocturna.
- El abandono, depósito o arrojo, fuera de los lugares y preparados a tal efecto, de papeles, botes, botellas, plásticos, colillas o desechos de cualquier tipo.
- La ocupación de terrenos del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido para el estacionamiento de vehículos, caravanas, remolques, fuera de los aparcamientos expresamente autorizados y para la instalación en todo el territorio del Parque, de abrigos, parasoles, hamacas, asientos, sillas, mesas y cualquier otro artefacto móvil.
- La práctica de actividades deportivas no permitidas en el Plan Rector de Uso y Gestión o de las permitidas, sin autorización, cuando esté establecida su obligatoriedad y, en cualquier caso, la celebración de competiciones deportivas.
- La instalación de antenas, pantallas, artefactos sobresalientes u otros que afecten a la armonía del paisaje.
- El lanzamiento o precipitación de piedras u otros objetos, así como la utilización de elementos que puedan permanecer en el aire (globos, cometas, parapentes, alas delta, aeromodelos, hélices voladoras, etc.).
- El sobrevuelo de cualquier tipo de aeronaves a menos de 1000 metros sobre la vertical del terreno.
- El deterioro o destrucción de la infraestructura propia del Parque.
- La realización de inscripciones, señales, signos o dibujos, en el terreno o en piedras, rocas, árboles, o en los bienes muebles o inmuebles propios del Parque.
- La utilización de megáfonos, bocinas o silbatos y el uso de aparatos de radio o de reproducción de sonido con volumen que resulte molesto.
- La instalación de carteles de publicidad o cualquier manifestación publicitaria.
- La realización de cualquier aprovechamiento de los recursos naturales del Parque, en particular la pesca y la caza.
- Transportar fuera de vehículos el todo o parte de: armas de cualquier clase, artes o medios que sirvan para atraer, perseguir, espantar, dañar, dar muerte o capturar a los animales. 
- Llevar perros sueltos en interior del mismo.
 

Servicios de Autobuses al Sector Ordesa desde la localidad de Torla (Año 2008):
 

Periodo

Primera subida

Última Subida

Última Bajada

Semana Santa (20 al 23 de marzo)

6:00 h

18:00 h

20:30 h

Julio y Agosto (1 al 31 de julio y agosto)

6:00 h

19:00 h

22:00 h

Septiembre (1 al 14 de septiembre)

6:00 h

18:00 h

21:00 h

Octubre (11 al 13 de octubre)

7:00 h

18:00 h

20:30 h


El autobús-lanzadera, en sentido subida, realiza una parada en el Centro de Visitantes “El Parador”. Una vez finalizada la visita al Centro puede completar el viaje hasta la Pradera de Ordesa mediante el servicio de autobuses con el mismo billete de subida.
Asegúrese de cual es último servicio de regreso a Torla. Con el fin de evitar molestias por posibles aglomeraciones de última hora, le aconsejamos que no retrase su vuelta al último servicio.
La capacidad máxima del valle de Ordesa es de 1.800 personas simultáneas. Si este número fuese superado, el servicio de acceso en transporte público se suspenderá temporalmente por razones de conservación del Parque Nacional.

Tarifas autobuses:
El precio del billete de ida y vuelta es de 4,50 €/persona.
El precio del billete sencillo de ida o vuelta es de 3 €/persona.

Parking para gratuito todo el año situado en Torla.

CARRETERA DEL CAÑÓN DE AÑISCLO

Durante los períodos de gran afluencia la circulación por la carretera que discurre por el Cañón de Añisclo, entre Puyarruego y el cruce de Nerín-Buerba (valle de Vió), queda regulada como de dirección única y sentido ascendente (S.-N.). El retorno o descenso se puede efectuar desde Buerba por la vía de doble dirección que une esta localidad con la de Puyarruego. Dichos períodos se citan en la sección superior del apartado foro de éste web

Puede acceder al interior del valle de Ordesa a pie, por en antiguo camino de Torla a Ordesa durante todo el año o en su vehículo particular durante los períodos de no funcionamiento del servicio de autobús.
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

     

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