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Parque Nacional
de Ordesa y Monte Perdido »» Normativa
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Acampadas:
Salvo en las Zonas de Reserva, se permite acampar de noche, sin o con
tienda de campaña de altura exterior inferior o igual a 1.30 m. (que deberá
ser desmontada y retirada al amanecer), por encima de las 2100 m. (Clavijas de
Soaso) en el Sector Ordesa, de los 1800 m. (Fuenblanca) en el Sector Añisclo,
de los 1800 m. (La Ralla) en el Sector de Escuaín y de los 2500 m. (Balcón
de Pineta) en el Sector Pineta.
Usos deportivos: Las prácticas deportivas estarán siempre
supeditadas a los intereses de conservación. Las modalidades deportivas
permitidas serán el excursionismo, la escalada, el esquí de travesía sobre
nieve y la espeleología. En determinadas épocas y circunstancias podrá
establecerse la necesidad de autorización por parte de la Administración del
Parque. No se permitirán prácticas deportivas de competición. |
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Queda prohibido:
-
La roturación del suelo y
la roca madre.
- El arranque, cogida o
recolección de tierras, áridos, piedras, rocas, minerales, fósiles o
cualquier otro material geológico.
- Los trabajos de
investigación, exploración o explotación con fines mineros.
- La desviación,
retención, captación de aguas superficiales o subterráneas.
- La incorporación a las
aguas de detergentes, jabones, lejías u otro tipo de sustancias o materiales.
- El baño o cualquier
otra actividad en los cursos o masas de agua.
- La corta, arranque,
mutilación, destrucción o daño de
vegetales y la cogida o recolección de
ellos, sus partes, propángulos o restos.
- La atracción,
persecución, molestia, daño, captura o muerte de animales y la cogida o
recolección de sus propángulos, restos o residuos de su actividad.
- La suelta, siembra,
trasplante u otro tipo de propagación de especies animales o vegetales, sean
domésticos o silvestres.
- La utilización de
fuego con cualquier fin, a excepción del uso de aparatos de camping-gas para
cocinar y producir luz relacionados con la acampada nocturna.
- El abandono, depósito
o arrojo, fuera de los lugares y preparados a tal efecto, de papeles, botes,
botellas, plásticos, colillas o desechos de cualquier tipo.
- La ocupación de
terrenos del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido para el estacionamiento de
vehículos, caravanas, remolques, fuera de los aparcamientos expresamente
autorizados y para la instalación en todo el territorio del Parque, de
abrigos, parasoles, hamacas, asientos, sillas, mesas y cualquier otro
artefacto móvil.
- La práctica de
actividades deportivas no permitidas en el Plan Rector de Uso y Gestión o de
las permitidas, sin autorización, cuando esté establecida su obligatoriedad
y, en cualquier caso, la celebración de competiciones deportivas.
- La instalación de
antenas, pantallas, artefactos sobresalientes u otros que afecten a la
armonía del paisaje.
- El lanzamiento o
precipitación de piedras u otros objetos, así como la utilización de
elementos que puedan permanecer en el aire (globos, cometas, parapentes, alas
delta, aeromodelos, hélices voladoras, etc.).
- El sobrevuelo de
cualquier tipo de aeronaves a menos de 1000 metros sobre la vertical del
terreno.
- El deterioro o
destrucción de la infraestructura propia del Parque.
- La realización de
inscripciones, señales, signos o dibujos, en el terreno o en piedras, rocas,
árboles, o en los bienes muebles o inmuebles propios del Parque.
- La utilización de
megáfonos, bocinas o silbatos y el uso de aparatos de radio o de
reproducción de sonido con volumen que resulte molesto.
- La instalación de
carteles de publicidad o cualquier manifestación publicitaria.
- La realización de
cualquier aprovechamiento de los recursos naturales del Parque, en particular
la pesca y la caza.
- Transportar fuera de
vehículos el todo o parte de: armas de cualquier clase, artes o medios que
sirvan para atraer, perseguir, espantar, dañar, dar muerte o capturar a los
animales.
- Llevar perros sueltos
en interior del mismo. |
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Servicios de Autobuses al Sector Ordesa desde la localidad de Torla
(Año 2008):
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Periodo |
Primera subida |
Última Subida |
Última Bajada |
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Semana Santa (20 al 23 de
marzo) |
6:00 h |
18:00 h |
20:30 h |
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Julio y Agosto (1 al 31 de
julio y agosto) |
6:00 h |
19:00 h |
22:00 h |
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Septiembre (1 al 14 de
septiembre) |
6:00 h |
18:00 h |
21:00 h |
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Octubre (11 al 13 de octubre) |
7:00 h |
18:00 h |
20:30 h |
El autobús-lanzadera, en sentido subida, realiza una parada en el Centro
de Visitantes “El Parador”. Una vez finalizada la visita al Centro puede
completar el viaje hasta la Pradera de Ordesa mediante el servicio de
autobuses con el mismo billete de subida.
Asegúrese de cual es último servicio de regreso a Torla. Con el fin de
evitar molestias por posibles aglomeraciones de última hora, le
aconsejamos que no retrase su vuelta al último servicio.
La capacidad máxima del valle de Ordesa es de 1.800 personas
simultáneas. Si este número fuese superado, el servicio de acceso en
transporte público se suspenderá temporalmente por razones de
conservación del Parque Nacional.
Tarifas autobuses:
El precio del billete de ida y vuelta es de 4,50 €/persona.
El precio del billete sencillo de ida o vuelta es de 3 €/persona.
Parking para gratuito todo el año situado en Torla.
CARRETERA DEL CAÑÓN DE AÑISCLO
Durante los períodos de gran afluencia la circulación por la carretera
que discurre por el Cañón de Añisclo, entre Puyarruego y el cruce de
Nerín-Buerba (valle de Vió), queda regulada como de dirección única y
sentido ascendente (S.-N.). El retorno o descenso se puede efectuar
desde Buerba por la vía de doble dirección que une esta localidad con la
de Puyarruego. Dichos períodos se citan en la sección superior del
apartado
foro de éste web
Puede acceder al interior del valle de Ordesa a pie, por en antiguo camino de
Torla a Ordesa durante todo el año o en su vehículo particular durante los
períodos de no funcionamiento del servicio de autobús. |
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